Se informa a
la comunidad estudiantil (sólo estudiantes regulares ), que el Consejo Directivo
en sesión del 20/07/2022 aprobó los lineamientos que regirán para
el trimestre septiembre-diciembre 2022:
Importante: Aún no se ha definido el trimestre de ingreso para la Cohorte 21
Lineamientos sobre el proceso de solicitud de
inscripción:
- Autorizar
que el proceso de solicitud de inscripción de estudiantes de pregrado
Sartenejas se realice empleando la herramienta Google Form que será
oportunamente publicada en las fechas establecidas. Le
corresponderá a las Coordinaciones docentes establecer los criterios
pertinentes para la aprobación de las solicitudes. En el caso de pregrado
Litoral y Postgrado, se retomará el proceso de inscripción previo a
la suspensión de actividades en marzo 2020 por la aparición del
COVID-19; en caso de presentarse alguna situación sobrevenida que
impida el uso de estos sistemas, se empleará la herramienta Google
Form.
- Aprobar
los aspectos relacionados con la inscripción de asignaturas a ser cursadas
en el período septiembre-diciembre que se mencionan a continuación:
- Las
Coordinaciones docentes, a más tardar el viernes de la semana VI de
abril-julio 2022, remitirán a los Departamentos Académicos la
demanda de asignaturas que deben ser ofrecidas, considerando el bloque
horario recomendado, en el trimestre septiembre-diciembre de 2022.
- Los
Departamentos Académicos determinarán el cupo máximo por asignatura,
previo acuerdo con el profesor, así como el número mínimo de inscritos
necesarios para abrir la asignatura. Dada la naturaleza del formulario a
emplear para la solicitud de inscripción en pregrado Sartenejas, se deben
tomar previsiones para atender a un excedente de aproximadamente un 10%.
Los Departamentos Académicos informarán a las Coordinaciones a más tardar
el viernes de la semana VIII de abril-julio, la lista de asignaturas que
podrán atenderse, con la indicación de los profesores asignados a cada
sección, así como el cupo máximo, horarios acordados y modalidad en la
que se impartirá cada sección. Las Coordinaciones remitirán a DACE la
oferta preliminar de asignaturas para su incorporación a la oferta de
asignaturas.
- Para la
publicación de la Oferta de septiembre-diciembre 2022, DACE deberá
recibir de las Coordinaciones para todas las asignaturas (masivas y no
masivas), el horario establecido de las sesiones síncronas y asíncronas
que prevea cada profesor, así como la modalidad en que se impartirá cada
asignatura (asignaturas que son 100% TDD, mixtas, TDD con evaluaciones
presenciales o 100% presenciales). Las Divisiones y los Departamentos
académicos publicarán la planificación y estrategias a emplear por cada
profesor. No se garantiza que la aprobación del cupo sea en la sección
solicitada durante el proceso de solicitud de inscripción.
- Una vez
iniciado el trimestre, no se podrá modificar la modalidad y/u horario en
que se impartirá cada asignatura, a menos que de manera consensuada
profesores y estudiantes acuerden la modificación de la modalidad y/u
horario, o por alguna decisión que provenga del Consejo Académico o
Consejo Directivo.
- Para los
estudiantes de pregrado que no se encuentren en período de prueba:
- Estudiantes Cohortes 19 y anteriores: autorizar la inscripción de
un máximo de cuatro (4) asignaturas de Departamentos Académicos y de
Coordinación, y adicionalmente se podrá incluir una (1) asignatura de
estudios generales.
- Estudiantes Cohorte 20: autorizar la inscripción de un máximo de
cinco (5) asignaturas de Departamentos Académicos
- Para los
estudiantes de pregrado que se encuentren en período de prueba (PP):
delegar en los Decanatos de Estudios de pregrado, a través de sus
Coordinaciones docentes, la decisión de cómo ha de ser el proceso de
inscripción de estos estudiantes, siendo que estos estudiantes deberán
ser asesorados por sus Coordinaciones docentes, de manera de evaluar la
conveniencia y/o riesgos de cursar un período TDD para superar la condición
de PP. La decisión de los Decanos deberá ser conocida por los estudiantes
antes del inicio del proceso de inscripción.
- Para los
estudiantes de postgrado: autorizar la inscripción de asignaturas de
Departamentos Académicos y de Coordinación, siguiendo el trámite regular
establecido por la Coordinación mediante el procedimiento propuesto por
el Decanato de Estudios de Postgrado.
- Las
Coordinaciones del Ciclo Profesional y de Formación General del Decanato
de Estudios Generales, autorizarán de manera excepcional, previa
disponibilidad de cupos, la inscripción de una segunda asignatura de
estudios generales cuando existan razones justificadas para otorgar el
permiso. Se considerarán durante el proceso de corrección de inscripción,
las solicitudes de estudiantes que requieran inscribir dos asignaturas de
estudios generales a ser dictados mediante las TDD.
- En las
asignaturas clasificadas como masivas (que formen parte de los planes de
estudios de múltiples carreras, o que sean de alta demanda), se recibirán
todas las solicitudes de inscripción durante el proceso de solicitud de
inscripción, y corresponderá a las Coordinaciones docentes autorizar la
asignación de los cupos disponibles, de la manera en la que ellos mismos
decidan, a los estudiantes que de manera justificada requieran inscribir
la citada asignatura. Las listas de solicitudes se enviarán a las
Coordinaciones docentes en un sólo bloque y luego las Coordinaciones
deberán distribuir a los estudiantes que sean autorizados en las
secciones disponibles sin sobrepasar los cupos disponibles y respetando
la distribución acordada por el o los Decanatos.
- En el
caso de pregrado todas las solicitudes de inscripción para asignaturas
que en los planes de estudios se encuentren en el Ciclo Básico de las
carreras, serán revisadas y autorizadas por la Coordinación del Ciclo
Básico y la Coordinación de Formación General del Decanato de Estudios
Generales, mientras que las solicitudes de inscripción para asignaturas
que en los planes de estudios se encuentren en el Ciclo Profesional de
las carreras, serán revisadas y autorizadas por las Coordinaciones
docentes del Decanato de Estudios Tecnológicos y del Decanato de Estudios
Profesionales. De igual forma, todas las solicitudes de inscripción para
asignaturas de estudios generales, serán revisadas y autorizadas por las
Coordinaciones del Ciclo Profesional y la Coordinación de Formación
General del Decanato de Estudios Generales.
- Para el
proceso de corrección de inscripción, cuando alguna asignatura forme
parte de varios planes de estudio, la asignación de cupos que estén
disponibles luego del proceso de inscripción, se realizará con base en un
preacuerdo entre coordinaciones, en función de la matrícula y demanda por
carrera, para distribuir un número de cupos por Coordinación. Los cupos
adicionales y los cambios de sección deberán contar con el visto bueno de
los Jefes de los Departamentos Académicos.
- Exonerar
el pago de aranceles relacionados con los trámites de solicitud de
inscripción y de corrección de inscripción. Para el caso de los
estudiantes regulares de postgrado, únicamente deberán pagar el arancel
relacionado con el costo de las unidades crédito por asignatura.
- Luego de
finalizado el proceso de solicitud de inscripción, los Decanatos de
Estudios, los Directores de División y la Dirección de Admisión y Control
de Estudios (DACE) revisarán los casos en los que se requiera realizar
ajustes en el número de cupos cuando se sobrepase el número de cupos por
asignatura. Las Divisiones harán las gestiones con los Departamentos para
la revisión de estos casos. Previo al inicio de las clases, DACE
publicará en su página Web las listas definitivas de inscritos por
asignatura-sección, incluyendo los datos necesarios de identificación de
las asignaturas y de los estudiantes.
Sobre las normas de permanencia aplicables en el
trimestre septiembre-diciembre 2022:
1.
En relación con estudiantes activos de
pregrado que no inscriban el período septiembre-diciembre 2022
- Las Coordinaciones podrán solicitar a la
Dirección de Admisión y Control de Estudios la no inscripción justificada
del período en los casos debidamente justificados.
2.
En relación con estudiantes que inscriban
el período septiembre-diciembre 2022
- Los retiros de asignaturas se harán en los
lapsos establecidos en el Calendario Académico. Para ello DACE propondrá
los formatos que sean adecuados para la tramitación a distancia de este
proceso. Se autoriza a DACE a registrar en los sistemas de control de
estudios de pregrado los permisos correspondientes a mínimo de créditos,
cuando el número de unidades crédito resultante luego del retiro sea
inferior a 8 UC (este permiso no será contabilizado a efectos de la
aplicación del parágrafo 4 del artículo 7 del Reglamento de
Administración de Estudios de Pregrado).
- Cuando un estudiante manifieste alguna situación
no imputable a él relacionada con aspectos de servicios, tecnológicos y/o
de conectividad que le impidan poder continuar con las actividades
previstas en las asignaturas, deberá solicitar ante su Coordinación
docente la corrección de inscripción extemporánea con el fin de eliminar
todas las asignaturas y que se justifique la no inscripción del período.
La fecha límite para realizar este tipo de solicitudes será el viernes de
la semana IV. Si la situación sobrevenida ocurre luego de la referida
fecha, el estudiante deberá seguir el procedimiento establecido para los
retiros de asignaturas y/o trimestres.
- Los estudiantes de pregrado que durante el
trimestre septiembre-diciembre 2022 estimen inscribir su cuarto o sexto
trimestre y que puedan verse afectados por la aplicación de los artículos
24 (N-4) o 25 (N-5) del Reglamento de Administración de Estudios de
Pregrado al no aprobar durante dicho período las asignaturas
correspondientes al primero o segundo trimestre del plan de estudios,
respectivamente, deberán tener en cuenta las siguientes premisas:
- Asignaturas que deben aprobar y que se encuentren ofertadas: en
caso de lograr obtener un cupo en todas la(s) asignatura(s) del primer o
segundo trimestre que deben aprobar para salir de la condición N-4 o
N-5, respectivamente, se permitirá la inscripción bajo su propio riesgo.
Se recomienda consultar con la Coordinación del Ciclo Básico o la
Coordinación de Formación General, según sea la sede de adscripción del
estudiante, la conveniencia de inscribir el período.
- Asignaturas que deben aprobar y que no se encuentren ofertadas:
en caso de que todas la(s) asignatura(s) del primer o segundo trimestre
que deben aprobar para salir de la condición N-4 o N-5 no se
encuentre(n) ofertada(s), no se autorizará la inscripción en el período.
Asimismo, los estudiantes del Ciclo Básico que durante
el trimestre septiembre-diciembre 2022 aún no se encuentren cursando el cuarto
o quinto trimestre, se les recomienda no dejar de inscribir, así como aprobar,
las asignaturas del primer o segundo trimestre que estén ofertadas, para evitar
que en un futuro próximo puedan estar en la condición N-4 o N-5,
respectivamente.
- Cuando un profesor manifieste alguna situación
no imputable a él relacionada con aspectos de servicios, tecnológicos y/o
de conectividad que le impidan poder continuar con las actividades
previstas en las asignaturas, deberá solicitar ante su Departamento
académico la asignación de un nuevo profesor que pueda completar las
actividades previstas en el curso o, en su defecto, el cierre de la
asignatura cuando se haya evaluado menos del 50% de los contenidos (a más
tardar el último día hábil de semana 8), ya que en caso contrario
deberá hacer los mayores esfuerzos por culminar las evaluaciones
pendientes. El Departamento académico deberá solicitar a DACE el cambio
del profesor o el cierre de la asignatura, según sea la decisión
acordada. Se autoriza a DACE a registrar en los sistemas de control de
estudios de pregrado los permisos correspondientes a mínimos de créditos,
cuando el número de unidades crédito resultante luego del cierre de la
asignatura sea inferior a 8 UC (este permiso no será contabilizado a
efectos de la aplicación del parágrafo 4 del artículo 7 del Reglamento de
Administración de Estudios de Pregrado)
. - No contabilizar el trimestre
septiembre-diciembre 2022 para los fines de los períodos establecidos del
Artículo 3 del Reglamento de Cambio de Carrera.
(21/07/2022)