Se informa a
la comunidad estudiantil (sólo estudiantes regulares ), que el Consejo Directivo
en sesión del extraordinaria del 04/07/2023 aprobó el cronograma y los lineamientos que regirán para
el trimestre septiembre-diciembre 2023:
Importante:
Aún no se ha definido el trimestre de ingreso para la Cohorte 22
Cronograma septiembre-diciembre 2023: (trimestre de 12 semanas)
Período de clases: 25/09/2023 al 15/12/2023*
Período para la solicitud de inscripción:
Litoral: 12/09/2023
Sartenejas: 11/09/2023
Postgrado regulares: 12/09/2023
Postgrado nuevos: 17 al 21/07/2023
Período para la solicitud de corrección de inscripción:19/09/2023
Último día para la solicitud de rectificación de notas: 06/10/2023
Último día para la solicitud de retiro de asignaturas pregrado: 17/11/2023 (semana 8)
Último para la solicitud de retiro de asignaturas postgrado: 03/11/2023 (semana 6)
Último día de carga de actas:15/12/2023*
Período Revisión de calificaciones: 18 y 19/12/2023
Presolicitud de grado: 18 al 29/09/2023
Solicitud de Grado: 21 y 22/11/2023
Graduación (Conferimiento): 07/12/2023
Entrega de títulos (tentativo): 14 y 15/12/2023
Lineamientos sobre el proceso de solicitud de inscripción:
- Autorizar que el proceso de solicitud de inscripción de estudiantes de pregrado Sartenejas y Litoral se realice empleando la herramienta Google Form que será oportunamente publicada en las fechas establecidas. Le corresponderá a las Coordinaciones docentes establecer los criterios pertinentes para la aprobación de las solicitudes. En el caso de Postgrado, se realizará a través del proceso de inscripción previo a la suspensión de actividades en marzo 2020 por la aparición del COVID-19; en caso de presentarse alguna situación sobrevenida que impida el uso de estos sistemas, se empleará la herramienta Google Form.
- Aprobar los aspectos relacionados con la inscripción de asignaturas a ser cursadas en el período septiembre-diciembre que se mencionan a continuación
- Las Coordinaciones docentes, a más tardar el viernes de la semana VI de abril-julio 2023, remitirán a los Departamentos Académicos la demanda de asignaturas que deben ser ofrecidas, considerando el bloque horario recomendado por la Coordinación docente, en el trimestre septiembre-diciembre de 2023. En el caso de las asignaturas que forman parte de varios planes de estudios, las Coordinaciones docentes involucradas deberán en conjunto con el Departamento académico, fijar por consenso el horario para la asignatura, de manera que se garantice la no coincidencia con otras asignaturas del mismo trimestre de los diferentes planes de estudio y beneficie al mayor número de carreras.
- Los Departamentos Académicos determinarán el cupo máximo por asignatura, previo acuerdo con el profesor, así como el número mínimo de inscritos necesarios para abrir la asignatura. Dada la naturaleza del formulario a emplear para la solicitud de inscripción en pregrado Sartenejas y Litoral, se deben tomar previsiones para atender a un excedente de aproximadamente un 10%. Los Departamentos Académicos informarán a las Coordinaciones a más tardar el viernes de la semana VIII de abril-julio, la lista de asignaturas que podrán atenderse, así como el cupo máximo, horarios acordados según la recomendación de la Coordinación, los recursos profesorales disponibles y la modalidad en la que se impartirá cada sección; en caso de requerir la asignación de aulas, deberán informarlo. Las Coordinaciones remitirán a DACE la oferta preliminar de asignaturas para su incorporación a la oferta de asignaturas. Asimismo, los Departamentos académicos remitirán a DACE la Asignación Docente para los cursos que integran la oferta académica en función del procedimiento que se disponga para tal fin.
- Para la publicación de la Oferta de septiembre-diciembre 2023, DACE deberá recibir de las Coordinaciones para todas las asignaturas (masivas y no masivas), el horario establecido de las sesiones síncronas y asíncronas que prevea cada profesor, así como la modalidad en que se impartirá cada asignatura (asignaturas que son 100% TDD, mixtas, TDD con evaluaciones presenciales o 100% presenciales). Las Divisiones y los Departamentos académicos publicarán la planificación y estrategias a emplear por cada profesor. No se garantiza que la aprobación del cupo sea en la sección solicitada durante el proceso de solicitud de inscripción.
- Deberán realizarse de manera presencial las evaluaciones tipo examen cuyo porcentaje sea igual o superior al 20% de la nota final de cada asignatura que forme parte de los seis primeros trimestres de carreras largas o de los cuatro primeros trimestres para las carreras cortas, de sus respectivos planes de estudios.
- Una vez iniciado el trimestre, no se podrá modificar la modalidad y/u horario en que se impartirá cada asignatura, a menos que de manera consensuada profesores y estudiantes acuerden la modificación de la modalidad y/u horario, o por alguna decisión que provenga del Consejo Académico o Consejo Directivo.
- Para los estudiantes de pregrado que no se encuentren en período de prueba:
- Estudiantes Cohortes 20 y anteriores: autorizar la inscripción de un máximo de cinco (5) asignaturas de Departamentos Académicos y de Coordinación, y adicionalmente se podrá incluir una (1) asignatura de estudios generales.Estudiantes Cohorte 21 o que se encuentren cursando el tercer trimestre (diferidos): autorizar la inscripción de un máximo de cinco (5) asignaturas de Departamentos AcadémicosDurante el proceso de corrección de inscripción, los estudiantes podrán solicitar la inscripción de asignaturas adicionales en función de los cupos disponibles y de los requisitos aprobados. Tendrán prioridad los estudiantes que inscriban asignaturas adicionales que integran su plan de estudio y/o se encuentren en proceso de cambio de carrera.
- Para los estudiantes de pregrado que se encuentren en período de prueba (PP): delegar en los Decanatos de Estudios de pregrado, a través de sus Coordinaciones docentes, la decisión de cómo ha de ser el proceso de inscripción de estos estudiantes, siendo que estos estudiantes deberán ser asesorados por sus Coordinaciones docentes, de manera de evaluar la conveniencia y/o riesgos de cursar un período TDD o mixto para superar la condición de PP. La decisión de los Decanos deberá ser conocida por los estudiantes antes del inicio del proceso de inscripción.
- Para los estudiantes de postgrado: autorizar la inscripción de asignaturas de Departamentos Académicos y de Coordinación, siguiendo el trámite regular establecido por la Coordinación mediante el procedimiento propuesto por el Decanato de Estudios de Postgrado.
- Las Coordinaciones del Ciclo Profesional y de Formación General del Decanato de Estudios Generales, autorizarán de manera excepcional, previa disponibilidad de cupos, la inscripción de una segunda asignatura de estudios generales cuando existan razones justificadas para otorgar el permiso. Se considerarán durante el proceso de corrección de inscripción, las solicitudes de estudiantes que requieran inscribir dos asignaturas de estudios generales.
- En las asignaturas clasificadas como masivas (que formen parte de los planes de estudios de múltiples carreras, o que sean de alta demanda), se recibirán todas las solicitudes de inscripción durante el proceso de solicitud de inscripción, y corresponderá a las Coordinaciones docentes autorizar la asignación de los cupos disponibles, de la manera en la que ellos mismos decidan, a los estudiantes que de manera justificada requieran inscribir la citada asignatura. Las listas de solicitudes se enviarán a las Coordinaciones docentes en un sólo bloque y luego las Coordinaciones deberán distribuir a los estudiantes que sean autorizados en las secciones disponibles sin sobrepasar los cupos disponibles y respetando la distribución acordada por el o los Decanatos.
- En el caso de pregrado todas las solicitudes de inscripción para asignaturas que en los planes de estudios se encuentren en el Ciclo Básico de las carreras, serán revisadas y autorizadas por la Coordinación del Ciclo Básico y la Coordinación de Formación General del Decanato de Estudios Generales, mientras que las solicitudes de inscripción para asignaturas que en los planes de estudios se encuentren en el Ciclo Profesional de las carreras, serán revisadas y autorizadas por las Coordinaciones docentes del Decanato de Estudios Tecnológicos y del Decanato de Estudios Profesionales. De igual forma, todas las solicitudes de inscripción para asignaturas de estudios generales, así como de asignaturas de extraplanes generales (incluídos los idiomas) serán revisadas y autorizadas por las Coordinaciones del Ciclo Profesional y la Coordinación de Formación General del Decanato de Estudios Generales.
- Para el proceso de corrección de inscripción, cuando alguna asignatura forme parte de varios planes de estudio, la asignación de cupos que estén disponibles luego del proceso de inscripción, se realizará con base en un preacuerdo entre coordinaciones, en función de la matrícula y demanda por carrera, para distribuir un número de cupos por Coordinación. Los cupos adicionales y los cambios de sección deberán contar con el visto bueno de los Jefes de los Departamentos Académicos.
- Realizar el cobro de aranceles relacionados con los trámites de solicitud de inscripción y de corrección de inscripción. Para el caso de los estudiantes regulares de postgrado, deberán pagar adicionalmente el arancel relacionado con el costo de las unidades crédito por asignatura.
- Luego de finalizado el proceso de solicitud de inscripción, los Decanatos de Estudios, los Directores de División y la Dirección de Admisión y Control de Estudios (DACE) revisarán los casos en los que se requiera realizar ajustes en el número de cupos cuando se sobrepase el número de cupos por asignatura. Las Divisiones harán las gestiones con los Departamentos para la revisión de estos casos. Previo al inicio de las clases, DACE publicará en su página Web las listas definitivas de inscritos por asignatura-sección, incluyendo los datos necesarios de identificación de las asignaturas y de los estudiantes.
Sobre las normas de permanencia aplicables en el trimestre septiembre-diciembre 2023:
- En relación con estudiantes que inscriban el período septiembre-diciembre 2023
- Los retiros de asignaturas se harán en los lapsos establecidos en el Calendario Académico. Para ello DACE propondrá los formatos que sean adecuados para la tramitación a distancia de este proceso. Se autoriza a DACE a registrar en los sistemas de control de estudios de pregrado los permisos correspondientes a mínimo de créditos, cuando el número de unidades crédito resultante luego del retiro sea inferior a 8 UC (este permiso no será contabilizado a efectos de la aplicación del parágrafo 4 del artículo 7 del Reglamento de Administración de Estudios de Pregrado).
- Para el caso de asignaturas Mixtas o 100% TDD, cuando un estudiante manifieste alguna situación no imputable a él relacionada con aspectos de servicios, tecnológicos y/o de conectividad que le impidan poder continuar con las actividades previstas en las asignaturas, podrá solicitar ante su Coordinación docente la corrección de inscripción extemporánea con el fin de eliminar todas las asignaturas y que se justifique la no inscripción del período. La fecha límite para realizar este tipo de solicitudes será el viernes de la semana IV. Si la situación sobrevenida ocurre luego de la referida fecha, el estudiante deberá seguir el procedimiento establecido para los retiros de asignaturas y/o trimestres. Cuando se trate de asignaturas 100% presenciales o con evaluaciones presenciales, la pérdida de evaluaciones presenciales se recuperarán mediante los mecanismos de examen especial de cada Decanato de Estudios.
- Los estudiantes de pregrado que durante el trimestre septiembre-diciembre 2023 estimen inscribir su cuarto o sexto trimestre y que puedan verse afectados por la aplicación de los artículos 24 (N-4) o 25 (N-5) del Reglamento de Administración de Estudios de Pregrado al no aprobar durante dicho período las asignaturas correspondientes al primero o segundo trimestre del plan de estudios, respectivamente, deberán tener en cuenta las siguientes premisas:
- De estar ofertadas todas las asignaturas pendientes: Pueden inscribirlas y deben aprobar todas las asignaturas que adeuden del primer o del segundo trimestre para salir de la condición N-4 o N-5, respectivamente, se permitirá la inscripción bajo su propio riesgo. Se recomienda consultar con la Coordinación del Ciclo Básico o la Coordinación de Formación General, según sea la sede de adscripción del estudiante, la conveniencia de inscribir el período.
- De no estar ofertadas todas las asignaturas pendientes y que deben aprobar del primer o segundo trimestre para salir de la condición N-4 o N-5, no se autorizará la inscripción en el período.
- Asimismo, los estudiantes del Ciclo Básico que durante el trimestre septiembre-diciembre 2023 aún no se encuentren cursando el cuarto o quinto trimestre, se les recomienda no dejar de inscribir, así como aprobar, las asignaturas del primer o segundo trimestre que estén ofertadas, para evitar que en un futuro próximo puedan estar en la condición N-4 o N-5, respectivamente.
- Cuando un profesor manifieste alguna situación no imputable a él relacionada con aspectos de servicios, tecnológicos y/o de conectividad (para el caso de asignaturas Mixtas o 100% TDD) o alguna situación sobrevenida que impida su asistencia al campus (para el caso de asignaturas Mixtas o 100% Presenciales) que le impidan poder continuar con las actividades previstas en las asignaturas, deberá solicitar ante su Departamento académico la asignación de un nuevo profesor que pueda completar las actividades previstas en el curso o, en su defecto, el cierre de la asignatura cuando se haya evaluado menos del 50% de los contenidos (a más tardar el último día hábil de semana 8), ya que en caso contrario deberá hacer los mayores esfuerzos por culminar las evaluaciones pendientes antes de culminar el trimestre. El Departamento académico deberá solicitar a DACE el cambio del profesor o el cierre de la asignatura, según sea la decisión acordada. Se autoriza a DACE a registrar en los sistemas de control de estudios de pregrado los permisos correspondientes a mínimos de créditos, cuando el número de unidades crédito resultante luego del cierre de la asignatura sea inferior a 8 UC (este permiso no será contabilizado a efectos de la aplicación del parágrafo 4 del artículo 7 del Reglamento de Administración de Estudios de Pregrado).
- No contabilizar el trimestre septiembre-diciembre 2023 para los fines de los períodos establecidos del Artículo 3, literal ii de las Normas para Cambios de Carrera.
(06/07/2023)